Ya es conocida la aspiración general de la Fundación Impuestos y Competitividad de contribuir a la mejora del sistema tributario y su aplicación práctica, y en este último ámbito una de las cuestiones más claramente identificadas como negativas es, a no dudar, la existencia de una muy amplia conflictividad tributaria; la cual conduce además a litigios de muy dilatada duración con notable frecuencia por periodos ampliamente superiores a los 10 años, de todo punto excesivos y contrarios a las exigencias de un sistema tributario avanzado compatible con la seguridad jurídica y la competitividad económica.
Por lo demás, en su documento de marzo de 2014 “Diez propuestas para la mejora de la seguridad jurídica en el ámbito de la reforma del sistema tributario español” el patronato de la Fundación consideraba prioritaria, junto a otras medidas, la de “establecer mecanismos alternativos para la resolución de los conflictos con la Administración que permitan aumentar la seguridad jurídica y reducir la litigiosidad, tales como el arbitraje…”
Resulta por ello plenamente coherente con los objetivos programáticos de la Fundación el estudio sobre medidas alternativas de solución de conflictos que se ha encargado por la Fundación Impuestos y Competitividad a un conjunto de experimentados y renombrados profesionales, bajo la dirección del catedrático de la Universidad Rey Juan Carlos D. Pablo Chico de la Cámara. Habiéndose editado el documento final del mismo en un libro de igual título, que recoge un análisis general sobre la conflictividad tributaria en España y sus causas, efectúa un repaso completo de las distintas soluciones existentes en nuestro ordenamiento y de las ofrecidas por el Derecho Comparado para evitar o reducir la litigiosidad, “ex ante” o bien para dar una solución a la misma luego de surgida la discrepancia entre la Administración Tributaria y los contribuyentes, y finaliza proponiendo en particular la introducción en nuestro ordenamiento de la figura del arbitraje, como una solución opcional que sería alternativa de la reclamación en vía económico administrativa y del recurso en la vía contencioso administrativa.
Dando a esta propuesta una plena configuración en los distintos aspectos que la institución del arbitraje ofrece, solventando primeramente las dudas sobre la viabilidad de la figura en nuestro ordenamiento y su compatibilidad con el principio de indisponibilidad del crédito tributario, y desgranando después una pormenorizada argumentación e incluso propuesta de redacción normativa respecto de los distintos aspectos del régimen de esta “medida alternativa”, que los autores llaman a incorporar a nuestro Derecho Tributario con ocasión en la prevista reforma de la Ley General Tributaria.
El patronato respalda plenamente la apuesta generalizada de revisión del sistema en vigor y la necesidad de inclusión de mecanismos de evitación y reducción de la litigiosidad, y confía en que este trabajo y las propuestas de sus autores contribuyan a la reflexión y al debate que deben preceder a los importantes cambios que la situación de partida recomienda, para los que la oportunidad de revisión de la vigente Ley General Tributaria es una ocasión propicia que no se debería desaprovechar.