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Revisión de los impuestos sobre patrimonio y sobre sucesiones y donaciones

La reforma fiscal de 2014, por diversas razones, no abordó la revisión de los Impuestos sobre el Patrimonio y sobre Sucesiones y Donaciones pese a las numerosas críticas que ha recibido el régimen actual, tanto desde la perspectiva hacendística, como de la meramente técnica. La necesidad de revisar estas figuras impositivas en profundidad fue puesta ya de manifiesto en el Informe del Comité de Expertos para la Reforma del Sistema Tributario Español, publicado en febrero de 2014 y se encuentra en la lista de prioridades de la práctica totalidad de los partidos políticos.

Es de esperar que, una vez que tengan lugar las elecciones generales previstas para el 20 de diciembre de 2015, el Gobierno que resulte de las mismas se plantee la necesidad de ajustar estos dos impuestos, probablemente en el contexto de la revisión del Régimen de Financiación de las Comunidades Autónomas.

La incidencia de la imposición patrimonial sobre la competitividad y su potencial efecto distorsionador de las decisiones económicas motivó que la Fundación Impuestos y Competitividad decidiera crear un grupo de trabajo para analizar estos dos impuestos en su configuración actual y realizar propuestas de cara a su reforma, tanto en relación con su diseño normativo y su incardinación en el sistema tributario español y en la financiación de las CCAA, como en lo relativo a los aspectos más técnicos de dicha normativa.

Fruto de esa actividad es el informe “Propuestas para la REFORMA DE LOS IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO Y SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES EN ESPAÑA” que la Fundaciòn ha editado en octubre de 2015, recogiendo un esfuerzo colectivo de profesionales de los distintos patronos de la Fundación, representantes del mundo académico y de la Administración Tributaria, coordinados por el equipo de profesionales de Baker &Mckenzie.

Es la aspiración de la Fundación colaborar con este trabajo, y con las concretas propuestas con las que el informe concluye, en el debate sobre los dos impuestos objeto de estudio; contribuyendo a la revisión y perfeccionamiento de nuestro sistema tributario especialmente en términos de mejora de la competitividad.

Informe ejecutivo

Propuestas de carácter general

  • Armonizar, mediante normativa estatal aprobada siguiendo el procedimiento establecido de coordinación con las Comunidades Autónomas (“CCAA”), los elementos sustantivos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (“ISD”) y del Impuesto sobre el Patrimonio (“IP”), si se opta por mantenerlo en contra de la segunda Propuesta General, estableciendo una banda de tipos impositivos que otorgue un margen a la acción política de las CCAA y asegurando, en la medida de lo posible, que sea de aplicación a todas las CCAA, incluyendo las Comunidades del País Vasco y Navarra.
  • Suprimir formal y definitivamente el IP en el Estado Español, en consonancia con la recomendación realizada por el Comité de Expertos en 2014, evitando que el espacio dejado pueda ser ocupado por otras figuras similares a cualquier nivel de la Administración financiera española.

En paralelo deberían revisarse las múltiples obligaciones actuales de suministrar información a las administraciones públicas sobre el patrimonio personal, para unificar su contenido y forma de presentación, evitando las duplicidades e ineficacias de la situación actual y asegurando la prevalencia de los principios de proporcionalidad y no discriminación que, al entender de muchos profesionales y de las instituciones europeas, no siempre se respetan por el complejo ordenamiento español.

  • Si se optase por mantener el IP, establecer un marco aplicable en todo el Estado encaminado a:
  • Objetivar los métodos de valoración para evitar la inseguridad jurídica y la inequidad que supone valorar de forma distinta activos similares y para facilitar el cumplimiento y la gestión del impuesto;
  • Reducir las exenciones e incentivos fiscales, salvo aquellas cuya eliminación pudiera tener una repercusión negativa significativa sobre el crecimiento y el empleo como, por ejemplo, los concedidos a las empresas familiares;
  • Establecer un mínimo exento más elevado que el actual, obligatorio para todas las Comunidades Autónomas;
  • Fijar para todo el Estado una horquilla de tipos marginales mínimos y máximos dentro de los cuales podrían elegir libremente las CCAA, cuyo con máximo no debería superar el 1,5% establecido en Francia, ya que es el más lato de los establecidos por un país de nuestro entorno. Igualmente, se recomienda limitar el tipo máximo cada año en función de la evolución de un índice de referencia (por ejemplo, el tipo de interés de los Bonos del Estado Español a un año) para evitar que el impuesto pueda ser superior a la rentabilidad potencial de los bienes.
  • Mantener el límite conjunto de cuotas de los impuestos sobre la Renta y el Patrimonio, de forma que la carga fiscal personal a soportar por un contribuyente no pueda ser superior a un porcentaje de la renta obtenida por el mismo en el ejercicio.
  • Mantener el ISD, regulando mediante normativa estatal de obligada aplicación, los aspectos estructurales del mismo con arreglo a los siguientes criterios:
  • Eliminación o reducción de beneficios fiscales, salvo aquellos cuya reducción o eliminación pudiera tener un efecto negativo sobre el crecimiento y la creación de empleo como, por ejemplo, los concedidos a la empresa familiar, compensando la reducción de los incentivos suprimidos o reducidos estableciendo un mínimo exento de mayor cuantía que el actualmente existente.
  • Sustituir la tarifa progresiva del impuesto por tipos proporcionales aplicables a cada grupo de parentesco, reduciendo estos a tres: (i) la familia nuclear (cónyuge, ascendientes y descendientes), (ii) familiares hasta el cuarto grado y (iii) resto.
  • Establecer un nivel mínimo de gravamen aplicable en todas las CCAA, con tipos fijos muy reducidos sobre las transmisiones entre miembros de la familia nuclear e inferiores al 15% en los demás casos, previendo que las CCAA puedan aumentar el tipo de gravamen hasta un máximo que no debería superar (i) el 5% en relación con la familia nuclear y (ii) el tipo aplicable a las ganancias patrimoniales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (“IRPF”) en las adquisiciones no familiares.

Propuestas específicas de carácter técnico

Junto a las propuestas generales, el informe aborda una lista de propuestas específicas de mejora técnica, para el caso de pervivencia de los impuestos, con el fin de incrementar la seguridad jurídica, facilitar la gestión de los impuestos, evitar distorsiones en el tratamiento fiscal y conflictos entre CCAA. De manera particular se respalda, si bien proponiendo determinadas mejoras técnicas, mantener la protección existente a favor de la empresa familiar en la regulación vigente de ambas figuras, teniendo en cuenta la necesidad de garantizar la subsistencia inter-generacional de este tipo de empresa para asegurar el desarrollo económico y el mantenimiento y creación de empleo.